Expertos en Derecho de menores

La jurisdicción de menores procura la reeducación y reinserción social de aquellos menores de edad (entre 14 y 18 años) que han cometido hechos criminales. Esta jurisdicción se ejerce por los Juzgados de Menores. 

El artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone que en cada Provincia, con jurisdicción en toda ella y sede en su capital, habrá uno o más Juzgados de menores. 

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